Conoce el Instructivo de Denuncia de Acoso Estudiantil y Sexual de la UTEM
Autor: Roberto Albornoz|
En el marco de las movilizaciones nacionales de las estudiantes de las distintas universidades del país y en específico de la carrera de Trabajo Social de nuestra Casa de Estudios, en demanda contra el acoso sexual y en pro de una educación no sexista, la Universidad Tecnológica Metropolitana recuerda que la Institución cuenta con un Instructivo de Denuncia de Acoso Estudiantil y Sexual en materia de igualdad de género, ejercicio de derechos y libertades, en contra de abusos y discriminaciones, que entró en vigencia el 2017.
El instructivo, tal como lo establece el Servicio Nacional de la Mujer (Sernam) y el Ministerio de Educación, se trabajó a partir de las sugerencias de elaboración planteadas en el documento ‘Protocolos contra el Acoso Sexual en la Educación Superior’, que se genera bajo el alero de normativas nacionales e internacionales que mandatan el abordaje del acoso sexual en las instituciones educativas (como la Ley Nº 20.005 que tipifica y sanciona el acoso sexual; la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo; La Ley N° 20.370 General de Educación (LGE); la Convención por la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), ratificado por Chile en 1989; la Convención de Belem Do Pará (1994); el Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo (2013); entre otras).
Según nuestro Instructivo de Denuncia de Acoso Estudiantil y Sexual:
- Se entiende por acoso cualquier manifestación de una conducta abusiva, especialmente, los comportamientos, palabras, actos, gestos y escritos que puedan atentar contra la personalidad, dignidad o integridad física o psíquica de un alumno de la Universidad Tecnológica Metropolitana, que ponga en peligro su estado emocional, alterando gravemente su cotidianeidad, lo que se traduce en la vulneración al derecho a recibir una educación de calidad capaz de ofrecer verdaderas oportunidades para la formación y desarrollo integral de la víctima. En cualquier caso, el alumno no desea recibir de parte del victimario ese tipo de conductas.
- La denuncia podrá presentarse por cualquier estudiante sea o no la víctima o bien una/un tercera(o) que considere que la situación de acoso existe y debe ser frenada.
- La persona afectada puede acercarse a la Orientadora en busca de información. El Profesional deberá escuchar el relato, brindar apoyo y contención a la o el afectado. Le informará sobre las conductas que se entienden constitutivas de acoso estudiantil y/o sexual, le orientará sobre la procedencia de formalizar su denuncia. El denunciante deberá llenar un formulario dispuesto para ello. No obstante, en caso de no existir el formulario al momento de realizar la denuncia, esta puede hacerse por escrito o por el mail protocoloacoso@utem.cl.
- Puede ser objeto de la denuncia cualquier persona que desempeñe funciones en la UTEM, cualquiera sea su calidad jurídica, y que incurra en alguna conducta constitutiva de acoso estudiantil y/o sexual en los términos expuestos en el reglamento.
- En el proceso de investigación de los hechos denunciados y que puedan constituir un acoso, se deberán observar los siguientes principios:
- Presunción de Inocencia
- Confidencialidad
- Universalidad
- Celeridad
- Imparcialidad
- Responsabilidad
- Requisitos de la denuncia:
- Individualización de la o el denunciante, indicando medios de contacto. Si la/el denunciante es un tercero, deberá individualizar al afectado.
- Individualización de la o las personas contra las cuales se dirige denuncia.
- Relación clara y precisa de los hechos que motivan la denuncia, procurando entregar la mayor cantidad de detalles.
- Indicar los medios de prueba con los que cuenta, como testigos, grabaciones, mensajes, correos electrónicos, etc.
Revisa detalles sobre el Instructivo de Denuncia de Acoso Estudiantil y Sexual en el siguiente enlace.
Para descargar la Resolución N°02720, que aprueba el instructivo, haz click aquí.